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🍁 sábado 14 diciembre 2024
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Condena de 15 años de prisión para la acusada de matar a su bebé

Ya hay condena por parte del juez. La acusada de matar a su bebé tras dar a luz en 2015 en su casa de Yecla ha sido condenada a 15 años de prisión por un delito de asesinato. Además, del agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas, confirma el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Así lo ha dictaminado el magistrado presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, Juan del Olmo. Cabe recordar que el jurado declaró previamente a la acusada culpable de un delito de asesinato con la agravante de parentesco.

A la hora de individualizar la pena a imponer, que va de 15 a 20 años de prisión, el magistrado entiende que la alevosía (que lleva a la aplicación del asesinato) viene dada por el grado de desvalimiento que supone «la causación de la muerte de una persona recién nacida, incapaz de reaccionar y defenderse ante una actuación contra la misma (ya activa, ya omisiva), incluso atendiendo a la posición de garante que adquiere la progenitora respecto a su hija recién nacida».

Además, considera que no puede desconocerse que el transcurso de siete años de tramitación del procedimiento «ha determinado que quien cometió el delito con 18 años (una estudiante que vivía con sus padres), tenga en la actualidad 25 años, habiendo cambiado por completo sus circunstancias personales, familiares y vitales«.

En consecuencia, se entiende que procede compensar ambas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, e imponer la pena en su extensión mínima, de 15 años de prisión, «ya de por sí de entidad temporal bastante para responder al grado de reproche penal derivado del delito cometido».

Hechos probados

Según los hechos declarados probados, el día 11 de mayo de 2015 la acusada se encontraba en el domicilio familiar en Yecla, donde vivía con sus padres. Allí se dirigió al cuarto de baño más grande de la vivienda y, sin solicitar asistencia o ayuda de nadie, dio a luz a una niña sana y sin malformaciones. El bebé  respiró, pesó 2.570 gramos y midió 48 centímetros.

Tras colocar sobre el cuerpo de la niña viva, la toalla que la tapaba por completo, ocluyendo su respiración, no asistió a la niña. Ni tampoco solicitó ayuda de nadie.

La mujer era «consciente que la niña no recibiría atención alguna en esos primeros momentos de vida, cruciales para su supervivencia». Y añade que «a sabiendas que con ello produciría la muerte de la niña».

La resolución no es firme, contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia.


 

elperiodicodeyecla.com
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Elperiodicodeyecla.com. Diario digital de la ciudad de Yecla desde 2008. Información diaria de la localidad.

Ya hay condena por parte del juez. La acusada de matar a su bebé tras dar a luz en 2015 en su casa de Yecla ha sido condenada a 15 años de prisión por un delito de asesinato. Además, del agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas, confirma el Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Así lo ha dictaminado el magistrado presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, Juan del Olmo. Cabe recordar que el jurado declaró previamente a la acusada culpable de un delito de asesinato con la agravante de parentesco.

A la hora de individualizar la pena a imponer, que va de 15 a 20 años de prisión, el magistrado entiende que la alevosía (que lleva a la aplicación del asesinato) viene dada por el grado de desvalimiento que supone «la causación de la muerte de una persona recién nacida, incapaz de reaccionar y defenderse ante una actuación contra la misma (ya activa, ya omisiva), incluso atendiendo a la posición de garante que adquiere la progenitora respecto a su hija recién nacida».

Además, considera que no puede desconocerse que el transcurso de siete años de tramitación del procedimiento «ha determinado que quien cometió el delito con 18 años (una estudiante que vivía con sus padres), tenga en la actualidad 25 años, habiendo cambiado por completo sus circunstancias personales, familiares y vitales«.

En consecuencia, se entiende que procede compensar ambas circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, e imponer la pena en su extensión mínima, de 15 años de prisión, «ya de por sí de entidad temporal bastante para responder al grado de reproche penal derivado del delito cometido».

Hechos probados

Según los hechos declarados probados, el día 11 de mayo de 2015 la acusada se encontraba en el domicilio familiar en Yecla, donde vivía con sus padres. Allí se dirigió al cuarto de baño más grande de la vivienda y, sin solicitar asistencia o ayuda de nadie, dio a luz a una niña sana y sin malformaciones. El bebé  respiró, pesó 2.570 gramos y midió 48 centímetros.

Tras colocar sobre el cuerpo de la niña viva, la toalla que la tapaba por completo, ocluyendo su respiración, no asistió a la niña. Ni tampoco solicitó ayuda de nadie.

La mujer era «consciente que la niña no recibiría atención alguna en esos primeros momentos de vida, cruciales para su supervivencia». Y añade que «a sabiendas que con ello produciría la muerte de la niña».

La resolución no es firme, contra ella cabe recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia.


 

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