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viernes, marzo 6, 2026 🌿
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Decomisados 300 kilos de fruta por venta ambulante sin autorización

La Policía Local de Yecla ha decomisado unos 200 kilos de naranjas y 100 kilos de limones tras detectar una presunta actividad de venta ambulante sin autorización municipal en la zona centro. Los agentes observaron un vehículo mal estacionado con mercancía perecedera en su interior. Su conductor ofrecía la fruta directamente a viandantes y a clientes de terrazas y comercios.

La mercancía intervenida consistía en unas 300 kilos de fruta, repartidos entre naranjas y limones.

Ante esa situación, la Policía Local procedió primero a la incautación cautelar de toda la mercancía. Además, puso los hechos en conocimiento de la inspección sanitaria municipal para revisar el estado del producto y verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles.

Falta de documentación

Según la información trasladada, el vendedor no aportó documentación que acreditara el origen de la fruta ni autorización para ejercer la actividad comercial de venta ambulante. Tampoco presentó la documentación administrativa habitual en estos casos, como facturas justificativas de procedencia, alta en el Impuesto de Actividades Económicas o alta en la Seguridad Social.

Esa ausencia documental llevó a los agentes a levantar acta de inspección y a acordar el decomiso definitivo de la mercancía. No es la primera vez que se conocen actuaciones policiales en Yecla relacionadas con productos intervenidos o actividad comercial irregular, como ocurrió en una intervención anterior de la Policía Local sobre mercancía falsificada.

venta ambulante sin autorización

Base legal autonómica

La normativa regional establece que la venta ambulante o no sedentaria requiere autorización administrativa previa concedida por el ayuntamiento competente. También fija que los vendedores deben cumplir requisitos como el alta fiscal y en la Seguridad Social, además de las condiciones sanitarias cuando se trata de alimentos. La misma ley considera infracción grave ejercer esta actividad sin autorización municipal.

En este caso, y en aplicación de la Ley 3/2014 de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia, se ha incoado expediente sancionador al presunto responsable por una presunta infracción grave. La norma también contempla el decomiso de mercancía no autorizada o no identificada como medida cautelar.

Control y salubridad

La intervención pone el foco en dos aspectos. El primero es el control del comercio en la vía pública. El segundo es la trazabilidad y la seguridad de los alimentos que se ofrecen al consumidor fuera de los canales autorizados.

La ley murciana atribuye a los ayuntamientos la competencia para autorizar, inspeccionar y controlar este tipo de actividad comercial en su término municipal. También prohíbe autorizar ventas ambulantes en accesos a establecimientos si dificultan el paso o la actividad ordinaria.

La Policía Local de Yecla ha decomisado unos 200 kilos de naranjas y 100 kilos de limones tras detectar una presunta actividad de venta ambulante sin autorización municipal en la zona centro. Los agentes observaron un vehículo mal estacionado con mercancía perecedera en su interior. Su conductor ofrecía la fruta directamente a viandantes y a clientes de terrazas y comercios.

La mercancía intervenida consistía en unas 300 kilos de fruta, repartidos entre naranjas y limones.

Ante esa situación, la Policía Local procedió primero a la incautación cautelar de toda la mercancía. Además, puso los hechos en conocimiento de la inspección sanitaria municipal para revisar el estado del producto y verificar el cumplimiento de los requisitos exigibles.

Falta de documentación

Según la información trasladada, el vendedor no aportó documentación que acreditara el origen de la fruta ni autorización para ejercer la actividad comercial de venta ambulante. Tampoco presentó la documentación administrativa habitual en estos casos, como facturas justificativas de procedencia, alta en el Impuesto de Actividades Económicas o alta en la Seguridad Social.

Esa ausencia documental llevó a los agentes a levantar acta de inspección y a acordar el decomiso definitivo de la mercancía. No es la primera vez que se conocen actuaciones policiales en Yecla relacionadas con productos intervenidos o actividad comercial irregular, como ocurrió en una intervención anterior de la Policía Local sobre mercancía falsificada.

venta ambulante sin autorización

Base legal autonómica

La normativa regional establece que la venta ambulante o no sedentaria requiere autorización administrativa previa concedida por el ayuntamiento competente. También fija que los vendedores deben cumplir requisitos como el alta fiscal y en la Seguridad Social, además de las condiciones sanitarias cuando se trata de alimentos. La misma ley considera infracción grave ejercer esta actividad sin autorización municipal.

En este caso, y en aplicación de la Ley 3/2014 de Venta Ambulante o no Sedentaria de la Región de Murcia, se ha incoado expediente sancionador al presunto responsable por una presunta infracción grave. La norma también contempla el decomiso de mercancía no autorizada o no identificada como medida cautelar.

Control y salubridad

La intervención pone el foco en dos aspectos. El primero es el control del comercio en la vía pública. El segundo es la trazabilidad y la seguridad de los alimentos que se ofrecen al consumidor fuera de los canales autorizados.

La ley murciana atribuye a los ayuntamientos la competencia para autorizar, inspeccionar y controlar este tipo de actividad comercial en su término municipal. También prohíbe autorizar ventas ambulantes en accesos a establecimientos si dificultan el paso o la actividad ordinaria.

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