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✝️ viernes 29 marzo 2024
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Confirman la condena a la mujer que mató a su bebé recién nacido en Yecla

Se confirma la sentencia por matar a su bebé. El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha rechazado el recurso presentado por la joven condenada por la Audiencia Provincial a 15 años de prisión por el asesinato de su recién nacido en su hogar en Yecla.

La Audiencia Provincial de Murcia estableció que los hechos tuvieron lugar en 2015 en la residencia de la acusada. La mujer tenía 18 años en aquel momento. Según la declaración, la joven dio a luz en el baño y dejó al bebé tapado con una toalla en el suelo, lo que ocasionó su asfixia.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, la Audiencia determinó que los hechos constituían un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas.

Argumentación

En su apelación al TSJRM, la defensa argumentó que se habían violado normas procesales, causando indefensión. También que se había vulnerado la presunción de inocencia, entre otras alegaciones.

La Sala de lo Civil y Penal, en concordancia con la opinión del fiscal, ha desestimado el recurso. Considera que los hechos fueron debidamente comprobados durante el juicio oral mediante múltiples pruebas incriminatorias.

La sentencia respalda la solicitud de indulto al Gobierno central, tal como se menciona en la resolución impugnada. También fue propuesto por el jurado popular durante el juicio que tuvo lugar hace un año.


 

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La Audiencia Provincial de Murcia estableció que los hechos tuvieron lugar en 2015 en la residencia de la acusada. La mujer tenía 18 años en aquel momento. Según la declaración, la joven dio a luz en el baño y dejó al bebé tapado con una toalla en el suelo, lo que ocasionó su asfixia.

Tras el veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular, la Audiencia determinó que los hechos constituían un delito de asesinato con la agravante de parentesco y la atenuante de dilaciones indebidas.

Argumentación

En su apelación al TSJRM, la defensa argumentó que se habían violado normas procesales, causando indefensión. También que se había vulnerado la presunción de inocencia, entre otras alegaciones.

La Sala de lo Civil y Penal, en concordancia con la opinión del fiscal, ha desestimado el recurso. Considera que los hechos fueron debidamente comprobados durante el juicio oral mediante múltiples pruebas incriminatorias.

La sentencia respalda la solicitud de indulto al Gobierno central, tal como se menciona en la resolución impugnada. También fue propuesto por el jurado popular durante el juicio que tuvo lugar hace un año.


 

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