.
🍁 viernes 22 noviembre 2024
spot_imgspot_imgspot_imgspot_img
spot_img

Nueve años de prisión para el que fue cura de la iglesia de San Juan

La sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a A. L. Z., quien fue cura de la parroquia de San Juan de Yecla, a penas que suman 9 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menores, además de la medida de libertad vigilada durante 7 años, una vez cumplida la pena privativa de libertad y la obligación de indemnizar a los dos menores con 8.200 euros.

En concreto, se le considera autor de un delito de abuso sexual a menor de 13 años por agarrar el pene a un niño cuando este jugaba con una videoconsola en su domicilio, y de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años por tocar los genitales de un chico en varias ocasiones, “para satisfacer su apetito sexual” y aprovechando, en ambos casos “su condición sacerdotal y de amistad con ellos y su familia”.

El acusado tiene además la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicar por cualquier medio con los menores durante 9 años y 10 años, respectivamente.

La sentencia declara probado que el acusado entabló amistad con varias familias, se ganó la confianza de los citados y otros menores, a quienes llevaba en su vehículo a pescar o a la playa, les invitaba a helados y hablaba con ellos con frecuencia, prodigándose en besos y abrazos. Añade además que, “a menudo y en grupo mantenía con ellos conversaciones de contenido sexual, en las que les preguntaba por el tamaño del pene, o frecuencia con que se masturbaban”.

Los magistrados alcanzan la convicción de que ocurrieron los hechos imputados por el Ministerio Fiscal sobre la base del testimonio de las víctimas, “tras valorarlo a través de los conocidos criterios jurisprudenciales de credibilidad, verosimilitud y persistencia” y el reconocimiento por parte del acusado de parte de los actos “aunque les niegue significado sexual”, además de “una visión en conjunto de lo ocurrido”.

Finalmente, el tribunal le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 10 años.

La sentencia no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

Prisión

En auto notificado el martes, la Sala acuerda el ingreso en prisión provisional del acusado, solicitado por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, al entender que a la “gravedad de las penas aquí impuestas”, que superan los 9 años de prisión, se suman las impuestas por este mismo tribunal en sentencia de 3 de mayo de 2022, en la que se le condenó por otro delito de abuso sexual a la pena de 7 años y 9 meses de prisión. “No cabiendo duda de que las nuevas condenas, cuya suma supera los 16 años, han incrementado notablemente el riesgo de fuga, dada la natural y humana inclinación que cabe atribuir a todo penado de que intentará evitar el cumplimiento de una pena prolongada de privación de libertad mediante su huida y ocultación”, expresa el tribunal.

 

Trayectoria

A. L. Z. llevaba ejerciendo el sacerdocio en Yecla desde 2014 hasta 2019.

Destinado a la iglesia de San Juan, el mal estado del templo hizo que su lugar habitual de trabajo fuera la iglesia de Santa Bárbara. 

Nacido en Monteagudo, estudió Formación Profesional de Mecánica del Automóvil antes de partir a un seminario en Medellín (Colombia), donde se ordenó sacerdote y vivió durante quince años. En 2006 regresó a la Región y entró en la Diócesis de Cartagena.

Permaneció en San Pedro del Pinatar hasta 2013 cuando fue cesado del cargo de Vicario Parroquial en las parroquias de San Pedro Apóstol, en San Pedro y de Nuestra Señora del Rosario de El Mirador en San Javier para ser nombrado párroco en San Juan Bautista de Yecla, donde fue apartado por el Obispado tras la denuncia en 2019.

Comunicado del obispado

Conocida la sentencia, que aún no es firme de la Sala Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, el Obispado de Cartagena ha emitido un comunicado con estos puntos.

1. Que, formando parte de una sociedad que se ha constituido, desde su libertad, en un Estado de Derecho, muestra el más profundo respeto por las actuaciones de la Justicia.

2. Que estos hechos, lamentables y dolorosos, no empañen la labor de tantos sacerdotes de nuestra diócesis que se entregan cada día con fidelidad al Evangelio y responsabilidad en su ministerio.

3. Que sigue cercano a las víctimas y a sus familias, a las que pide perdón y sigue ofreciendo su ayuda a través de la Delegación episcopal para la protección del menor y de los adultos vulnerables.

4. Que su compromiso es erradicar cualquier comportamiento que afecte a la dignidad de la persona, especialmente de las que son menores de edad y más vulnerables.

5. Que, como está establecido en la normativa de la Iglesia, el Rvdo. A. L. Z. sigue suspendido del ejercicio del ministerio sacerdotal, mientras que no termine el proceso penal canónico que está en curso.


 

Ángel Alonso
Ángel Alonso
Director de elperiodicodeyecla.com. Entró a formar parte de este medio de comuncación en 2003 y en 2008 digitalizó lo que era un medio local impreso. Especilizado en información local de Yecla.

La sección 5 de la Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a A. L. Z., quien fue cura de la parroquia de San Juan de Yecla, a penas que suman 9 años de prisión por dos delitos de abuso sexual a menores, además de la medida de libertad vigilada durante 7 años, una vez cumplida la pena privativa de libertad y la obligación de indemnizar a los dos menores con 8.200 euros.

En concreto, se le considera autor de un delito de abuso sexual a menor de 13 años por agarrar el pene a un niño cuando este jugaba con una videoconsola en su domicilio, y de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años por tocar los genitales de un chico en varias ocasiones, “para satisfacer su apetito sexual” y aprovechando, en ambos casos “su condición sacerdotal y de amistad con ellos y su familia”.

El acusado tiene además la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y de comunicar por cualquier medio con los menores durante 9 años y 10 años, respectivamente.

La sentencia declara probado que el acusado entabló amistad con varias familias, se ganó la confianza de los citados y otros menores, a quienes llevaba en su vehículo a pescar o a la playa, les invitaba a helados y hablaba con ellos con frecuencia, prodigándose en besos y abrazos. Añade además que, “a menudo y en grupo mantenía con ellos conversaciones de contenido sexual, en las que les preguntaba por el tamaño del pene, o frecuencia con que se masturbaban”.

Los magistrados alcanzan la convicción de que ocurrieron los hechos imputados por el Ministerio Fiscal sobre la base del testimonio de las víctimas, “tras valorarlo a través de los conocidos criterios jurisprudenciales de credibilidad, verosimilitud y persistencia” y el reconocimiento por parte del acusado de parte de los actos “aunque les niegue significado sexual”, además de “una visión en conjunto de lo ocurrido”.

Finalmente, el tribunal le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido que conlleve contacto regular y directo con menores de edad por un tiempo de 10 años.

La sentencia no es firme, contra la misma cabe interponer recurso de apelación para ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia.

Prisión

En auto notificado el martes, la Sala acuerda el ingreso en prisión provisional del acusado, solicitado por el Ministerio Fiscal y la acusación particular, al entender que a la “gravedad de las penas aquí impuestas”, que superan los 9 años de prisión, se suman las impuestas por este mismo tribunal en sentencia de 3 de mayo de 2022, en la que se le condenó por otro delito de abuso sexual a la pena de 7 años y 9 meses de prisión. “No cabiendo duda de que las nuevas condenas, cuya suma supera los 16 años, han incrementado notablemente el riesgo de fuga, dada la natural y humana inclinación que cabe atribuir a todo penado de que intentará evitar el cumplimiento de una pena prolongada de privación de libertad mediante su huida y ocultación”, expresa el tribunal.

 

Trayectoria

A. L. Z. llevaba ejerciendo el sacerdocio en Yecla desde 2014 hasta 2019.

Destinado a la iglesia de San Juan, el mal estado del templo hizo que su lugar habitual de trabajo fuera la iglesia de Santa Bárbara. 

Nacido en Monteagudo, estudió Formación Profesional de Mecánica del Automóvil antes de partir a un seminario en Medellín (Colombia), donde se ordenó sacerdote y vivió durante quince años. En 2006 regresó a la Región y entró en la Diócesis de Cartagena.

Permaneció en San Pedro del Pinatar hasta 2013 cuando fue cesado del cargo de Vicario Parroquial en las parroquias de San Pedro Apóstol, en San Pedro y de Nuestra Señora del Rosario de El Mirador en San Javier para ser nombrado párroco en San Juan Bautista de Yecla, donde fue apartado por el Obispado tras la denuncia en 2019.

Comunicado del obispado

Conocida la sentencia, que aún no es firme de la Sala Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, el Obispado de Cartagena ha emitido un comunicado con estos puntos.

1. Que, formando parte de una sociedad que se ha constituido, desde su libertad, en un Estado de Derecho, muestra el más profundo respeto por las actuaciones de la Justicia.

2. Que estos hechos, lamentables y dolorosos, no empañen la labor de tantos sacerdotes de nuestra diócesis que se entregan cada día con fidelidad al Evangelio y responsabilidad en su ministerio.

3. Que sigue cercano a las víctimas y a sus familias, a las que pide perdón y sigue ofreciendo su ayuda a través de la Delegación episcopal para la protección del menor y de los adultos vulnerables.

4. Que su compromiso es erradicar cualquier comportamiento que afecte a la dignidad de la persona, especialmente de las que son menores de edad y más vulnerables.

5. Que, como está establecido en la normativa de la Iglesia, el Rvdo. A. L. Z. sigue suspendido del ejercicio del ministerio sacerdotal, mientras que no termine el proceso penal canónico que está en curso.


 

Ángel Alonso
Ángel Alonso
Director de elperiodicodeyecla.com. Entró a formar parte de este medio de comuncación en 2003 y en 2008 digitalizó lo que era un medio local impreso. Especilizado en información local de Yecla.
uscríbete EPY

¿Quieres añadir un nuevo comentario?

Hazte EPY Premium, es gratuito.

Hazte Premium

2 COMENTARIOS

Ángel Alonso
Ángel Alonso
Director de elperiodicodeyecla.com. Entró a formar parte de este medio de comuncación en 2003 y en 2008 digitalizó lo que era un medio local impreso. Especilizado en información local de Yecla.
- Publicidad -spot_imgspot_imgspot_imgspot_img
- Publicidad -spot_img

Servicios

Demanda empleo Oferta empleo
Compra Venta
Canal inmobiliario Farmacia
Teléfono interes Autobuses
- Publicidad -spot_imgspot_imgspot_imgspot_img