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lunes, octubre 12, 2026 🍇 🍷
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Yecla, declarada comarca de emergencia cinegética por la proliferación de conejos

La Comunidad Autónoma ha incluido a Yecla en la nueva Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por conejos. La medida estará vigente hasta el 11 de octubre de 2028. Su objetivo es reducir los daños causados por esta especie en cultivos, infraestructuras y otros terrenos afectados.

La nueva regulación afecta inicialmente a doce municipios de la Región de Murcia. Son Abanilla, Abarán, Albudeite, Blanca, Campos del Río, Cieza, Fortuna, Jumilla, Molina de Segura, Mula, Ulea y Yecla. La norma fue aprobada mediante una Orden de 29 de septiembre de 2026, publicada el 10 de octubre.

Otros municipios podrán incorporarse posteriormente a petición de sus respectivos ayuntamientos. Para ello deberán acreditar daños graves en más de 30 propiedades. También será necesaria una densidad superior a diez conejos por hectárea.

Control en zonas agrícolas

Las actuaciones podrán desarrollarse en parcelas agrícolas donde se hayan constatado daños producidos por los conejos. También podrán alcanzar una franja de 300 metros sobre otros usos del suelo, siempre con permiso del propietario.

Las medidas alcanzan igualmente determinadas zonas de seguridad de cauces y márgenes. También se contemplan taludes y madrigueras situados junto a infraestructuras de transporte.

En estos últimos espacios, la normativa limita las actuaciones a la captura de ejemplares vivos. Los animales deberán ser trasladados posteriormente hasta centros de concentración autorizados.

La Comunidad mantiene habilitada su sede electrónica para el control de especies cinegéticas por daños. Este procedimiento permite gestionar las comunicaciones relacionadas con actuaciones de control en los supuestos establecidos.

Métodos autorizados

La orden contempla diferentes sistemas para reducir la población de conejo silvestre en las zonas afectadas. Entre ellos figura la captura en vivo mediante hurón y redes o jaulas trampa.

También están autorizadas la cetrería, el arco y la caza a diente con perros podencos. Se permite igualmente el empleo de armas de fuego con auxilio de perros.

La normativa contempla además aguardos y recechos, tanto nocturnos como diurnos, bajo las condiciones fijadas para cada modalidad.

Para facilitar estas tareas, todos los días de la semana tendrán consideración de hábiles mientras se mantenga vigente la declaración.

En terrenos no cinegéticos será necesaria una comunicación previa. En ella podrán figurar hasta 30 cazadores o guardas rurales autorizados para realizar las actuaciones.

La actividad cinegética cuenta además con presencia organizada en el municipio. El Ayuntamiento firmó recientemente un convenio con la Sociedad de Cazadores de San Huberto para apoyar diferentes actividades relacionadas con esta práctica.

Espacios protegidos excluidos

La declaración establece también limitaciones destinadas a proteger determinados espacios naturales y especies amenazadas. Las actuaciones quedan excluidas en varios enclaves protegidos de la Región.

Entre ellos aparecen los parques regionales de Sierra de la Pila y Sierra de El Carche. También figuran el Humedal del Ajauque y Rambla Salada y el LIC Río Chícamo.

La exclusión afecta igualmente a la ZEPA Lagunas de Campotéjar y Salar Gordo. Tampoco podrán aplicarse estas medidas en áreas incluidas en el Plan de Recuperación del águila perdicera.

Prohibiciones específicas

La orden incorpora varias prohibiciones durante el periodo de emergencia. Entre ellas se encuentra la suelta o repoblación de conejos en los terrenos afectados.

También queda prohibido el empleo de munición con plomo en las actuaciones contempladas por esta normativa.

Además, no estará permitida la caza del zorro en ninguna modalidad dentro de los terrenos agrícolas afectados. La Comunidad pretende así concentrar las medidas extraordinarias exclusivamente en el control del conejo.

La declaración mantendrá estas medidas excepcionales en Yecla durante los próximos dos años. Su aplicación busca reducir los daños agrícolas y controlar una población considerada excesiva en determinadas zonas del municipio.

La Comunidad Autónoma ha incluido a Yecla en la nueva Comarca de Emergencia Cinegética Temporal por conejos. La medida estará vigente hasta el 11 de octubre de 2028. Su objetivo es reducir los daños causados por esta especie en cultivos, infraestructuras y otros terrenos afectados.

La nueva regulación afecta inicialmente a doce municipios de la Región de Murcia. Son Abanilla, Abarán, Albudeite, Blanca, Campos del Río, Cieza, Fortuna, Jumilla, Molina de Segura, Mula, Ulea y Yecla. La norma fue aprobada mediante una Orden de 29 de septiembre de 2026, publicada el 10 de octubre.

Otros municipios podrán incorporarse posteriormente a petición de sus respectivos ayuntamientos. Para ello deberán acreditar daños graves en más de 30 propiedades. También será necesaria una densidad superior a diez conejos por hectárea.

Control en zonas agrícolas

Las actuaciones podrán desarrollarse en parcelas agrícolas donde se hayan constatado daños producidos por los conejos. También podrán alcanzar una franja de 300 metros sobre otros usos del suelo, siempre con permiso del propietario.

Las medidas alcanzan igualmente determinadas zonas de seguridad de cauces y márgenes. También se contemplan taludes y madrigueras situados junto a infraestructuras de transporte.

En estos últimos espacios, la normativa limita las actuaciones a la captura de ejemplares vivos. Los animales deberán ser trasladados posteriormente hasta centros de concentración autorizados.

La Comunidad mantiene habilitada su sede electrónica para el control de especies cinegéticas por daños. Este procedimiento permite gestionar las comunicaciones relacionadas con actuaciones de control en los supuestos establecidos.

Métodos autorizados

La orden contempla diferentes sistemas para reducir la población de conejo silvestre en las zonas afectadas. Entre ellos figura la captura en vivo mediante hurón y redes o jaulas trampa.

También están autorizadas la cetrería, el arco y la caza a diente con perros podencos. Se permite igualmente el empleo de armas de fuego con auxilio de perros.

La normativa contempla además aguardos y recechos, tanto nocturnos como diurnos, bajo las condiciones fijadas para cada modalidad.

Para facilitar estas tareas, todos los días de la semana tendrán consideración de hábiles mientras se mantenga vigente la declaración.

En terrenos no cinegéticos será necesaria una comunicación previa. En ella podrán figurar hasta 30 cazadores o guardas rurales autorizados para realizar las actuaciones.

La actividad cinegética cuenta además con presencia organizada en el municipio. El Ayuntamiento firmó recientemente un convenio con la Sociedad de Cazadores de San Huberto para apoyar diferentes actividades relacionadas con esta práctica.

Espacios protegidos excluidos

La declaración establece también limitaciones destinadas a proteger determinados espacios naturales y especies amenazadas. Las actuaciones quedan excluidas en varios enclaves protegidos de la Región.

Entre ellos aparecen los parques regionales de Sierra de la Pila y Sierra de El Carche. También figuran el Humedal del Ajauque y Rambla Salada y el LIC Río Chícamo.

La exclusión afecta igualmente a la ZEPA Lagunas de Campotéjar y Salar Gordo. Tampoco podrán aplicarse estas medidas en áreas incluidas en el Plan de Recuperación del águila perdicera.

Prohibiciones específicas

La orden incorpora varias prohibiciones durante el periodo de emergencia. Entre ellas se encuentra la suelta o repoblación de conejos en los terrenos afectados.

También queda prohibido el empleo de munición con plomo en las actuaciones contempladas por esta normativa.

Además, no estará permitida la caza del zorro en ninguna modalidad dentro de los terrenos agrícolas afectados. La Comunidad pretende así concentrar las medidas extraordinarias exclusivamente en el control del conejo.

La declaración mantendrá estas medidas excepcionales en Yecla durante los próximos dos años. Su aplicación busca reducir los daños agrícolas y controlar una población considerada excesiva en determinadas zonas del municipio.

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2 COMENTARIOS

  1. No sé si es aquí. «El periodista Loaiza ha criticado en redes sociales la invitación de la Casa Real a la presentadora ANA ROSA QUINTANA y a su marido Juan Muñoz, a la recepción del 12 de O.
    El periodista cuestionó la presencia del marido de AR debido a antecedentes judiciales, condenado a prisión en el caso Marchelo, la mayor trama de corrupción urbanística del PP en Granada y a la contratación del ex-comisario Villarejo».
    El asunto es de los conejos. Fácil solución. Ya que abrir el Mercado tuviese ese grado de dificultad.

  2. ¡Emergencia cinegética,
    vaya nombre tan refinado,
    para decir que el cartucho
    de nuevo está autorizado!
    Dicen allá por Murcia
    con mucho bombo y estruendo
    que la plaga de conejos
    se nos va de las manos perdiendo.
    ​¿Y el famoso bienestar?
    ¿Y la ética que predican?
    En cuanto suena el plomazo
    bien rápido se desmienten.
    Llaman «gestión del terreno»
    a la vieja escabechina,
    y al que busca su bocado
    le recetan medicina.
    ​Pobre orejo de la sierra,
    mira tú qué gran delito:
    nacer con hambre en el campo
    y ser animal chiquito.
    En vez de poner vallados
    o buscar otra salida,
    prefieren el escopetazo
    y quitarle de en medio la vida.
    ​Así se escribe la historia
    con plomo, tinta y papel:
    al político la firma,
    al cazador el laurel,
    y al pobre del conejico
    que paciendo está sereno,
    le dan por toda respuesta
    un tiro en mitad del cuerpo.

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