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🌼 sábado 20 abril 2024
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Rectificación sobre una noticia publicada el 5 de agosto

A elperiodicodeyecla.com ha llegado una petición por parte de una persona que solicita una rectificación sobre una noticia que publicamos el pasado 5 de agosto titulada “Multado por agredir a una persona en el interior de la Iglesia del Niño”.

La carta nos aclara que en la sentencia no se le condena a esta persona por agresión como publicamos sino que fue por un “delito leve de maltrato de obra”.

Con el afán de que la información sea lo más correcta posible y con el deseo de respetar los derechos de todas las personas publicamos la rectificación que nos solicitan.

 

“En relación con la noticia aparecida el pasado 5 de agosto en esta misma sección bajo el título “multado por agredir a una persona en el interior de la Iglesia del Niño”, se retracta  públicamente de algunas de las manifestaciones vertidas en el mismo por no ser en absoluto ciertas y por no haberse confrontado debidamente con otras fuentes solventes. En particular, la presente rectificación afecta a los siguientes extremos:

El hombre que fue condenado no lo fue por agresión, sino por delito leve de maltrato de obra. Que no hubo golpes,. sino un “aplauso” en la cara del agredido, tal y como declaró un testigo. Que a diferencia de lo que se indicó en la publicación del pasado 5 de agosto, el motivo que originó el “aplauso” en la cara fue por haber “llamado zorra a su mujer, abuela de los hijos del agredido, por parte del agredido”.

Ángel Alonso
Ángel Alonso
Director de elperiodicodeyecla.com. Entró a formar parte de este medio de comuncación en 2003 y en 2008 digitalizó lo que era un medio local impreso. Especilizado en información local de Yecla.

A elperiodicodeyecla.com ha llegado una petición por parte de una persona que solicita una rectificación sobre una noticia que publicamos el pasado 5 de agosto titulada “Multado por agredir a una persona en el interior de la Iglesia del Niño”.

La carta nos aclara que en la sentencia no se le condena a esta persona por agresión como publicamos sino que fue por un “delito leve de maltrato de obra”.

Con el afán de que la información sea lo más correcta posible y con el deseo de respetar los derechos de todas las personas publicamos la rectificación que nos solicitan.

 

“En relación con la noticia aparecida el pasado 5 de agosto en esta misma sección bajo el título “multado por agredir a una persona en el interior de la Iglesia del Niño”, se retracta  públicamente de algunas de las manifestaciones vertidas en el mismo por no ser en absoluto ciertas y por no haberse confrontado debidamente con otras fuentes solventes. En particular, la presente rectificación afecta a los siguientes extremos:

El hombre que fue condenado no lo fue por agresión, sino por delito leve de maltrato de obra. Que no hubo golpes,. sino un “aplauso” en la cara del agredido, tal y como declaró un testigo. Que a diferencia de lo que se indicó en la publicación del pasado 5 de agosto, el motivo que originó el “aplauso” en la cara fue por haber “llamado zorra a su mujer, abuela de los hijos del agredido, por parte del agredido”.

Ángel Alonso
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