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🍁 jueves 12 diciembre 2024
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La Justicia da la razón a uno de los sancionados con 10.401 euros por tenencia de drogas en la calle

Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Murcia ha estimado la demanda interpuesta por un vecino de Yecla al que la Policía Local le localizó en la calle poseyendo droga de forma reiterada, lo que le acarreó una multa de 10.401 euros. La Justicia dice que el ayuntamiento no tiene potestad para sancionar por estos hechos. En septiembre de 2019 se denunció por parte de diferentes colectivos por la defensa de los derechos humanos, de cambios en las actuales políticas de drogas y por asociaciones expertas en el tratamiento de las adicciones, que el ayuntamiento de Yecla estaba imponiendo sanciones de 10.401 euros por la tenencia de drogas en la vía pública. Todo esto por la aplicación de la reincidencia contemplada en el art. 33 de la  Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, también conocida como Ley Mordaza. A pesar de que esta Ley es famosa por limitar el derecho de manifestación y sancionar las faltas de respeto a los agentes de la autoridad, en el estudio elaborado por el Estudio Jurídico Brotsanbert, se contemplan los datos estadísticos que explican que más del 70% de las sanciones impuestas por esta Ley son consecuencia de la tenencia de droga para el autoconsumo. La sentencia estipula que estas sanciones vulneran el Derecho de la Unión Europea que prohíbe sancionar a los autores que han actuado exclusivamente con fines de consumo personal tal como lo defina la legislación nacional. Asimismo, también se planteó una cuestión de inconstitucionalidad para el caso de que el Juez entendiera que la Ley no es proporcional y decidiera plantear esto al Tribunal Constitucional.A pesar de esta y de las demás alegaciones planteadas (falta de proporcionalidad de la sanción, vulneración del derecho de defensa, deficiencias en las técnicas de análisis de la sustancia, vulneración del derecho a la intimidad, libre desarrollo de la personalidad, etc.), el Juzgado se ha acogido solo al primer motivo planteado, que exponía la falta de competencia de este ayuntamiento para imponer este tipo de sanciones y en consecuencia ha anulado el acto administrativo que imponía esta cuantiosa sanción, sin entrar a valorar las demás cuestiones planteadas y por lo tanto entrar en el fondo del asunto. 

Consecuencias

La consecuencia de este pronunciamiento judicial no solo influye en el caso concreto, sino que sirve para revocar todas las sanciones por tenencia o consumo de drogas impuestas por la mayoría de los ayuntamientos de España, explica el abogado Francisco Azorín. Desde la entrada en vigor de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, son muchos los ayuntamientos que sancionan la tenencia y consumo de estupefacientes. Sin embargo, la mayoría de ellos no tiene competencia en la materia tal como exige esta Ley. Competencia que quedaba más clara en la anterior Ley de Seguridad Ciudadana.Por lo tanto, todos los sancionados que lo soliciten podrán acogerse al procedimiento de revocación de actos nulos de pleno derecho, siempre que lo hagan antes de los cuatro años posteriores a la firmeza de la sanción. 

61 sancionados con sanciones de 10.401 euros

En septiembre de 2019, a raíz de la denuncia pública de estos colectivos, se informó en una Comisión de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Yecla, que se habían impuesto un total de 61 sanciones por tenencia de cannabis por la cantidad de 10.401 euros. A pesar del escándalo y de reconocer que la competencia que ostentaban era más que dudosa, este Ayuntamiento siguió imponiendo este tipo de sanciones desproporcionadas. A fecha de hoy se habrán impuesto unas 100 sanciones de estas características.«Existen personas que han sufrido ataques de ansiedad y han pasado más de dos años con un trastorno ansioso depresivo, al saber que tenían más de 10.000 euros embargados. Algunas de ellas acumulan hasta 45.000 euros por sanciones, que aparecen como derechos adquiridos en la Tesorería del Ayuntamiento. Los daños morales de algunas de estas personas no son fácilmente evaluables«, asegura el abogado Francisco Azorín. Piden que el ayuntamiento de Yecla revoque las sanciones y «se pida perdón públicamente a los afectados y se resarza a las familias de los daños y perjuicios ocasionados por la imposición de sanciones desproporcionadas por hechos que solo afectan a la salud de las personas que los realizan»Los afectados por sanciones por tenencia o consumo de drogas impuestas por ayuntamientos podrían solicitar la revocación de actos administrativos nulos de pleno derecho en los cuatro años posteriores a la firmeza de la sanción. 


 

elperiodicodeyecla.com
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Elperiodicodeyecla.com. Diario digital de la ciudad de Yecla desde 2008. Información diaria de la localidad.

Un Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Murcia ha estimado la demanda interpuesta por un vecino de Yecla al que la Policía Local le localizó en la calle poseyendo droga de forma reiterada, lo que le acarreó una multa de 10.401 euros. La Justicia dice que el ayuntamiento no tiene potestad para sancionar por estos hechos. En septiembre de 2019 se denunció por parte de diferentes colectivos por la defensa de los derechos humanos, de cambios en las actuales políticas de drogas y por asociaciones expertas en el tratamiento de las adicciones, que el ayuntamiento de Yecla estaba imponiendo sanciones de 10.401 euros por la tenencia de drogas en la vía pública. Todo esto por la aplicación de la reincidencia contemplada en el art. 33 de la  Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, también conocida como Ley Mordaza. A pesar de que esta Ley es famosa por limitar el derecho de manifestación y sancionar las faltas de respeto a los agentes de la autoridad, en el estudio elaborado por el Estudio Jurídico Brotsanbert, se contemplan los datos estadísticos que explican que más del 70% de las sanciones impuestas por esta Ley son consecuencia de la tenencia de droga para el autoconsumo. La sentencia estipula que estas sanciones vulneran el Derecho de la Unión Europea que prohíbe sancionar a los autores que han actuado exclusivamente con fines de consumo personal tal como lo defina la legislación nacional. Asimismo, también se planteó una cuestión de inconstitucionalidad para el caso de que el Juez entendiera que la Ley no es proporcional y decidiera plantear esto al Tribunal Constitucional.A pesar de esta y de las demás alegaciones planteadas (falta de proporcionalidad de la sanción, vulneración del derecho de defensa, deficiencias en las técnicas de análisis de la sustancia, vulneración del derecho a la intimidad, libre desarrollo de la personalidad, etc.), el Juzgado se ha acogido solo al primer motivo planteado, que exponía la falta de competencia de este ayuntamiento para imponer este tipo de sanciones y en consecuencia ha anulado el acto administrativo que imponía esta cuantiosa sanción, sin entrar a valorar las demás cuestiones planteadas y por lo tanto entrar en el fondo del asunto. 

Consecuencias

La consecuencia de este pronunciamiento judicial no solo influye en el caso concreto, sino que sirve para revocar todas las sanciones por tenencia o consumo de drogas impuestas por la mayoría de los ayuntamientos de España, explica el abogado Francisco Azorín. Desde la entrada en vigor de la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, son muchos los ayuntamientos que sancionan la tenencia y consumo de estupefacientes. Sin embargo, la mayoría de ellos no tiene competencia en la materia tal como exige esta Ley. Competencia que quedaba más clara en la anterior Ley de Seguridad Ciudadana.Por lo tanto, todos los sancionados que lo soliciten podrán acogerse al procedimiento de revocación de actos nulos de pleno derecho, siempre que lo hagan antes de los cuatro años posteriores a la firmeza de la sanción. 

61 sancionados con sanciones de 10.401 euros

En septiembre de 2019, a raíz de la denuncia pública de estos colectivos, se informó en una Comisión de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Yecla, que se habían impuesto un total de 61 sanciones por tenencia de cannabis por la cantidad de 10.401 euros. A pesar del escándalo y de reconocer que la competencia que ostentaban era más que dudosa, este Ayuntamiento siguió imponiendo este tipo de sanciones desproporcionadas. A fecha de hoy se habrán impuesto unas 100 sanciones de estas características.«Existen personas que han sufrido ataques de ansiedad y han pasado más de dos años con un trastorno ansioso depresivo, al saber que tenían más de 10.000 euros embargados. Algunas de ellas acumulan hasta 45.000 euros por sanciones, que aparecen como derechos adquiridos en la Tesorería del Ayuntamiento. Los daños morales de algunas de estas personas no son fácilmente evaluables«, asegura el abogado Francisco Azorín. Piden que el ayuntamiento de Yecla revoque las sanciones y «se pida perdón públicamente a los afectados y se resarza a las familias de los daños y perjuicios ocasionados por la imposición de sanciones desproporcionadas por hechos que solo afectan a la salud de las personas que los realizan»Los afectados por sanciones por tenencia o consumo de drogas impuestas por ayuntamientos podrían solicitar la revocación de actos administrativos nulos de pleno derecho en los cuatro años posteriores a la firmeza de la sanción. 


 

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7 COMENTARIOS

  1. Esas sanciones no eran más que el resultado de una visión restrictiva, sectaria y parcial de la ley por parte de algunos responsable políticos y policiales. Insto a los perjudicado, a que, además de exigir daños y perjuicios al Ayuntamiento, exijan responsabilidades penales a los funcionarios y políticos implicados en esta atrocidad y en esta autentica barbaridad.

  2. El problema es que las consecuencias económicas de esta mala práctica de nuestro ayuntamiento lo vamos a pagar todos con el dinero público de nuestros impuestos.
    Ya sería hora de que se exigieran responsabilidades penales o administrativas a algún funcionario y se fuera un tiempo a su casa. Pero en el ayuntamiento de Yecla NO PASA NADA!!!!

  3. Os cuento otra:
    El Ayuntamiento de Yecla está remitiendo a la Oficina de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia denuncias de tráfico para que procedan al cobro por vía ejecutiva de apremio, sin haber dictado el alcalde resolución sancionadora. Por lo tanto, te llega a casa la providencia de apremio con sus respectivos recargos, intereses de demora, etc… sin haber una resolución sancionadora firme y sin que te hayan dado la posibilidad de haber pagado la sanción en vía ordinaria.
    ¿Prevaricación?.

  4. 100×10.000 son un millon de euros mas intereses legales que pagará el pueblo de Yecla.
    Y no pasa nada!, a esta situación se ha llegado porque algún listo habrá interpretado que se podía hacer, ahora le dicen que no, pues ya está, que pague el pueblo.
    Si solo fuera en estas cosas en las que «interpreta» el ayuntamiento….

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